Hoy, conforme el avance paulatino del derecho, se reconocen más derechos a la mujer dentro de un proceso de divorcio, en lo personal, el que más me gusta es, el reconocimiento económico de su labor en la crianza de los hijos y el cuidado del hogar.
Es decir, cuando una mujer en un proceso de éstos, bajo el supuesto de haber contraído matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, tiene derecho a obtener una indemnización económica hasta por el 50% de los bienes adquiridos dentro del matrimonio, derivados del producto de trabajo de la pareja, siempre y cuando ella, dentro del matrimonio, se haya dedicado preponderantemente y en un mayor grado, al cuidado de los hijos y del hogar.
Dicho derecho tiene por objeto reconocer que la mujer al haberse dedicado al hogar e hijos, dejó de lado su desarrollo profesional y laboral, creándole una dificultad en su incorporación a dicho ámbito con posterioridad al divorcio.
No obstante, cabe mencionar que dicho derecho también le corresponde al hombre, cuando él se haya dedicado al hogar e hijos.
También te puede interesar: Quieres dejar de sobrevivir y empezar a vivir, pero no sabes por dónde empezar… Aquí la respuesta
Igualmente la mujer tiene derecho al pago de una pensión alimenticia para subsistir, que abarque un techo, vestido, alimentos, salud, entre otras cosas. Sin embargo, cada caso en particular es distinto, pero siempre se definirá bajo los siguientes parámetros: i) el estado de necesidad (de quien requiere los alimentos) y ii) las posibilidades económicas (de quien está obligado a darlos).
En la actualidad, tanto la mujer como el hombre, tienen derecho a una guarda y custodia compartida, ya no como antes que ésta era para un solo progenitor, en la que ambos están a cargo de los hijos, comparten mismas responsabilidades y derechos, teniendo ambos igualmente derecho a un régimen de convivencia amplió con los menores, el cual se definirá en caso en particular.
Y, finalmente podemos decir que para el caso de que el régimen para el cual se contrajo matrimonio haya sido bajo el de “sociedad conyugal”, la mujer tendrá derecho a la partición de los bienes adquiridos en matrimonio, en un 50%.
Te puede interesar: ¿Vivir sola después de una ruptura? ¡Sí, es posible!
Suscríbete aquí a nuestro Newsletter para que estés al día con nuestros contenidos.