En México nos encanta tener plantas de todo tipo, pues estas dan una vida y brillo especial a nuestros espacios, sin embargo, existen algunas especies que pueden significar problemas serios ante la ley, muchas veces sin siquiera darnos cuenta. Esto sucede con una planta que destaca por ser muy común en los hogares mexicanos, cuya posesión muchas veces está aunada al desconocimiento de su estado legal: la pata de elefante.
De la familia de las suculentas, esta planta, cuyo nombre científico es Beaucarnea recurvata, es utilizada como ornamento o, incluso, para elaborar artesanías tradicionales en ciertas regiones del país. Su uso en interiores es muy frecuente, debido a su fácil cuidado, pues crea su propio depósito de agua en el tronco, ensanchándolo y dándole el nombre por el que es conocida.
La pata de elefante es endémica de México y en el pasado gozó de amplia popularidad por su forma y la facilidad de manutención, lo que causó una venta descontrolada de dicha especie, al grado de ponerla en peligro de extinción. Esto significa que u posesión, compra, venta o, incluso, traslado, sin autorización alguna, es considerado un delito ambiental y conlleva consecuencias legales serias.
Esto fue establecido por la Norma Oficia Mexicana emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México (SEMARNAT), que ha establecido la protección de esta suculenta del sureste del país bajo la NOM-059-SEMARNAT-2010.

¿Es ilegal tener una pata de elefante en propiedad privada?
La posesión de una pata de elefante en casa debe estar regulada por la SEMARNAT y respaldada por documentos que afirman su adquisición legal, que pueden ser uno o más de estos comprobantes:
- Factura o nota de compra de un vivero autorizado por SEMARNAT.
- Certificado de procedencia legal o número de registro en el sistema de vida silvestre.
- En algunos casos, constancia de inscripción en una Unidad de Manejo Ambiental (UMA) o PIMVS (Predio o Instalación que Maneja Vida Silvestre).
¿Cuáles son las multas o sanciones por tener una pata de elefante no registrada en casa?
Al igual que otras especies protegidas por la SEMARNAT, la pata de elefante está sujeta al artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley General de Vida Silvestre.
En este reglamento se estipula que su posesión puede representar una multa desde 50 a 50 mil UMA (Unidad de Medida y Actualización), cuyo valor en 2025 es de 113.14 pesos mexicanos. Al realizar la conversión, se llega a la conclusión de que dichas multas podrían comenzar en $5657 MXN y pueden alcanzar los 5 millones 657 mil pesos mexicanos.
Encima de esta multa, las personas que tengan una pata de elefante no regularizada en su posesión podrían enfrentar otras sanciones más graves, dependiendo de la situación específica:
- Penas de prisión de 1 a 9 años, si se comprueba extracción, transporte o comercialización ilegal de la especie.
- Agravantes si hay reincidencia, tráfico a gran escala o daños a ecosistemas.

Si quieres adquirir una pata de elefante de forma legal, la puedes comprar en viveros certificados por la SEMARNAT, donde también recibirás los documentos pertinentes que protegerán tu suculenta, estos deben ser una factura con origen verificado, que incluya un número de registro por dicha secretaría.
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